Subvenciones

Solicita subvenciones para tu vehículo en tu área Bidesaria

Acceder a tu área privada

Solicita subvenciones para tu vehículo en tu área Bidesaria

Acerca de las subvenciones

¿A quién están dirigidas las subvenciones?

Las subvenciones están dirigidas a personas físicas (no empresas) que tengan su domicilio fiscal y residencia en Bizkaia y utilicen las autopistas de peaje.

Programa 1

Subvenciones en base al tráfico en las siguientes vías:

  • Autopistas gestionadas por la Diputación Foral de Bizkaia

    • AP-8
    • Túneles de la Variante Sur Metropolitana
    • Artxanda
  • Autopistas gestionadas por la Diputación Foral de Gipuzkoa

    • AP-8
    • AP-1
  • Autopistas gestionadas por la Diputación Foral de Álava

    AP-1

Programa 2

Subvenciones por los trayectos en los peajes de Bizkaia y Álava de la autopista AP-68 y los tramos de titularidad provincial. En ambos casos, la entrada o salida de la autovía deberá realizarse en Bizkaia.

  • Peajes Bizkaia - Álava

    • Autopista AP-68
  • Tramos de titularidad provincial

Preguntas frecuentes

Son subvenciones destinadas a personas físicas (no a empresas), que residan y tengan su domicilio fiscal en Bizkaia y que utilicen las autopistas de peaje indicadas en el Decreto Foral correspondiente.

Hay dos programas de subvenciones:

  • El denominado Programa 1 - Por tránsitos en las autopistas gestionadas por las Diputaciones Forales de Bizkaia (AP8, VSM y Túneles de Artxanda), Gipuzkoa (AP-8 y AP-1) y Araba (AP-1).
  • El denominado Programa 2 - Por tránsitos en la Autopista AP-68 en los tramos de peaje y titularidad foral de Bizkaia y Araba.

En los dos casos, la entrada o salida de la autopista tiene que hacerse en Bizkaia (salvo excepcionalidades indicadas en el Decreto Foral correspondiente).

  • Si tu domicilio fiscal y lugar de residencia está en Bizkaia, vete a la pestaña “Mis subvenciones”.

    En esta pantalla podrás solicitar la subvención para los dos programas de Subvención existentes, o seleccionar uno de ellos.

    Te indicamos el procedimiento vía online:

    • Estar inscrito en el sistema Bidesaria (Accede desde el apartado AREA PERSONAL).
    • Ser titular de un dispositivo OBE (Vía-T), que ha de estar domiciliado en una cuenta bancaria de la que también habrás de ser titular.
    • Tener carnet de conducir en vigor.
    • Indicar la matrícula del vehículo ligero de uso particular con el que se realizarán los tránsitos (es decir, ese vehículo no debe estar relacionado con una actividad profesional, empresarial o económica alguna). No has de ser titular del vehículo.
    • Encontrarte al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias, esto junto al resto de requisitos se revisarán mensualmente para el cálculo de la subvención.

    Habrás de adjuntar a la plataforma, escaneados (o fotografiados)

    • El DNI (por ambas caras)
    • El permiso de circulación del vehículo
    • El carnet de conducir (por ambas caras)
    • Y un documento que acredite que eres titular tanto del OBE como de la cuenta en la que se hacen los cargos de ese OBE que habrá de ser emitido por la entidad donde hayas solicitado el dispositivo

    Importante: todos los documentos han de estar en vigor en todo momento, ya que la subvención puede ser denegada si algún requisito no se cumple en el mes del cálculo.

    Además puedes solicitar la subvención de forma presencial, directamente en las dependencias de Interbiak, sitas en la calle Islas Canarias 19-1º de Bilbao (consultar cita previa), o en cualquier punto de atención presencial de la Diputación Foral de Bizkaia Web Bizkaia/puntos de registro.

    Vídeos de ayuda

    Vídeo 1 de Quiero solicitar SUBVENCION. ¿Cuáles son los requisitos?

    Solicitar subvención Reproducir vídeo

  • No. Sólo vas a tener que realizar una solicitud.

    Al acceder a la opción MIS SUBVENCIONES aparecerá una pantalla en la que podrás indicar si quieres que tu solicitud sea incluida en los dos programas o sólo en uno de ellos.

    El o los programas seleccionados se calcularán con los datos aportados en la solicitud.

  • No.

    Al realizar el proceso de solicitud previsto en la pestaña “Mis subvenciones”, una vez se valida la subvención el OBE (viaT) asociado a la subvención quedará automáticamente grabado en la opción “Mis Tarjetas/OBEs”.

    Y podrás tanto ver tus tránsitos como podrás realizar la inclusión en emisión de facturas (apartado MIS FACTURAS).

  • No.

    Para que puedas ser incluido en el proceso mensual de cálculo de subvenciones debes realizar la Solicitud de Subvención en el apartado MIS SUBVENCIONES.

    Pero, si ya tuvieras un dispositivo VIAt (OBE) dado de alta en el sistema, puedes indicar que sea éste el asociado a la subvención. Una vez estés en el apartado MIS SUBVENCIONES, en la opción VIAT (OBE) A SUBVENCIONAR tiene la opción de “Deseo seleccionar un VIAT (OBE) ya añadido a mis datos” junto a un desplegable donde aparecerá la numeración de dicho dispositivo. Únicamente habrás de seleccionarlo (adjuntando la documentación acreditativa de la titularidad y vinculación con la cuenta bancaria). Y continuar con el proceso de solicitud de subvención.

  • Una vez envíes tu solicitud de subvención y comencemos a analizarla, recibirás un correo electrónico en el que se te informará de que hemos recibido tu solicitud de subvención.

    Esa solicitud queda en estado de pendiente mientras realizamos el proceso de análisis.

    Si la documentación es correcta:

    • Recibirás un correo electrónico (email) en el que te informaremos de que tu solicitud ha sido aceptada.
    • El cálculo de la subvención se realizará desde el día 1 del mes en que hayas realizado la solicitud.

    Si la documentación no es correcta o falta algún dato:

    • Recibirás un correo electrónico (email) en el que te diremos qué dato no es correcto, para que en el plazo de diez días hábiles subsanes la falta o adjuntes los documentos preceptivos.
    • La solicitud producirá efectos desde el día y el mes en que se reciba de forma completa y correcta.
    • Revisa la documentación que te solicitamos o corrige los errores detectados, si fuera necesario habrás de volver a remitir la solicitud adjuntando los documentos correctos y corrigiendo el error detectado (según el caso); para que podamos volver a revisar tu solicitud.
    • Si esta vez la documentación ya es correcta: Recibirás un correo electrónico (email) en el que te informaremos de que tu solicitud ha sido aceptada.
    • Si no corriges los errores de tu solicitud ésta no entrará en los procesos de cálculo de la subvención hasta el momento en que la documentación sea correcta.

    Importante: Tu solicitud está aceptada cuando recibas un correo electrónico (email) en el que te decimos que todo es correcto. Los cálculos de subvención se iniciarán desde la fecha que te diremos en ese correcto electrónico.

    Recuerda que todas las comunicaciones son VIA CORREO ELECTRÓNICO (EMAIL), por lo que es importante que revises de vez en cuando tanto tu buzón de entrada de correo electrónico como la carpeta spam (correo no deseado) de tu correo electrónico, por si tu proveedor de correo hubiera depositado allí la correspondiente comunicación.

    Todas las gestiones que realices están también a tu disposición online a través del aplicativo BIDESARIA por lo que si estás registrada/o podrás acceder cuándo y dónde quieras a conocer todo lo relacionado con tu solicitud de subvención.

  • No.

    Únicamente tendrás que mantener la documentación actualizada en el sistema.

    El propio sistema es el que se encarga de realizar las actuaciones mensuales que correspondan.

    Es decir, cuando tu solicitud de subvención es aceptada lo que hace el sistema es comprobar, cada mes, si has transitado por las autopistas, el importe que has pagado en los trayectos previstos para la subvención y si cumples, ese mes, el resto de los requisitos (domicilio, situación tributaria,...).

    De este modo, cada mes se te enviará un correo electrónico (email) comunicándote si, para ese mes, te corresponde subvención o no.

    Caso de que te corresponda, se te informará del importe subvencionado ese mes.

    Si no te corresponde, se te informará del motivo por el que no tienes subvención ese mes.

    Además, si quieres, podrás acceder al detalle del resultado de la subvención de ese mes, y de los anteriores, a través del aplicativo Bidesaria y podrás descargarte en excel la información que muestre la pantalla.

    La subvención es anual, por lo que una vez aceptada es válida para ese año, desde el mes de su aceptación, para que se realicen los cálculos y comprobaciones todos los meses.

  • El Decreto Foral que regula los programas de subvención recoge cómo es el proceso.

    De manera resumida:

    • Todos los meses, una vez finalizado el mes, se realiza el cálculo para determinar la subvención que puede corresponder a los solicitantes que están aceptados para ese mes de cálculo. Se tiene en cuenta para el cálculo el mes natural.
    • Se comprueban los tránsitos realizados durante ese mes en las autopistas previstas para cada uno de los programas, además del cumplimiento de los requisitos (domicilio, situación tributaria,…).

    Como hay dos programas de subvención, se realizarán dos cálculos independientes:

    • Por los tránsitos en las autopistas gestionadas por las Diputaciones Forales de Bizkaia (AP-8, VSM y Túneles de Artxanda), Gipuzkoa (AP-8 y AP-1) y Araba (AP-1).
    • Por los tránsitos en la Autopista AP-68 en los tramos de peaje y titularidad foral de Bizkaia y Araba.

    Si has sido aceptada/o para que mensualmente se calcule la subvención que te puede corresponder es porque cumples uno de los requisitos básicos: ser una persona física y no empresa, además de que el resto de la documentación, en el momento de la solicitud, era correcta.

    De esta manera, tu solicitud aceptada estará incluida dentro del proceso para el que hayas solicitado la subvención: sólo en uno de los cálculos o en los dos.

    Recuerda que el resto de los requisitos serán comprobados cada mes: el estar empadronado/a y tener domicilio fiscal en Bizkaia, el cumplimiento de las obligaciones fiscales y tributarias, etc, y, claro, que hayas realizado tránsitos con el dispositivo OBE (Via-T) y el vehículo ligero que fueron aceptados en tu solicitud.

    Esto último es importante: has tenido que transitar con el vehículo ligero y pagar con el OBE (Via-T) que están aceptados en la subvención

    Por lo tanto, no olvides que para el cálculo de la subvención del mes correspondiente sólo se tendrán en cuenta los tránsitos que hayas realizado con el vehículo asociado a la subvención y que hayan sido pagados con el dispositivo via-T(OBE) aceptado en la subvención y en los tramos contemplados para cada programa:

    • Por los tránsitos en las autopistas gestionadas por las Diputaciones Forales de Bizkaia (AP-8, VSM y Túneles de Artxanda), Gipuzkoa (AP-8 y AP-1) y Araba (AP-1).
    • Por los tránsitos en la autopsita AP68 en los tramos de peaje y titularidad de las diputaciones de Bizkaia y Araba.
  • En este programa de subvenciones se contemplan dos tipos de ayudas para cada uno de los 150 primeros tránsitos que se realicen, cumpliendo las condiciones que se han indicado:

    • Por un lado, si el importe total de lo gastado en las autopistas de Bizkaia AP-8, VSM y Túneles de Artxanda, en un mismo mes, es más de 36,84 euros, se te reintegrará el 100% del importe adicional de ese gasto. Este reintegro se realizará a mes vencido en el número de cuenta vinculado al dispositivo OBE (Via-T) e indicado en tu solicitud de subvención.
    • Por otra parte, si no llegas a los 36,84 euros de gasto mensual, pero realizas más de 10 viajes mensuales, se clasificarán los viajes realizados de mayor a menor importe, y los importes de los peajes pagados entre el decimoprimero (11) y el vigesimoquinto (25), excluido el IVA, tendrán una subvención del 35%; a partir del vigesimosexto (26) viaje, se subvencionará el 45% del importe de cada viaje excluido el IVA.
    • Por otro lado, y de manera complementaria, se analizarán si en los tránsitos contemplados para el cálculo de subvención has gastado más de 53,87 euros en las autopistas de Álava (AP-1) y Gipuzkoa (AP-8 y AP-1). Siempre que esos tránsitos hayan tenido origen o destino en Bizkaia, se te reintegrará el 100% del importe adicional de ese gasto.
  • En este programa de subvenciones se contemplan dos tipos de ayudas para cada uno de los 150 primeros tránsitos que se realicen, cumpliendo las condiciones que se han indicado:

    • Por un lado, si el importe total de lo gastado en el tramo correspondiente al Territorio Histórico de Bizkaia de la AP-68, en un mismo mes, es más de 36,84 euros, se te reintegrará el 100% del importe adicional de ese gasto. Este reintegró se realizará a mes vencido en el número de cuenta que nos hayas indicado en tu solicitud de subvención y que esté aceptado.
    • Por otro lado, y de manera complementaria, se analizarán si en los tránsitos contemplados para el cálculo de subvención has gastado más de 53,87 euros en el tramo correspondiente al Territorio Histórico de Araba de la AP-68. Siempre que esos tránsitos hayan tenido origen o destino en Bizkaia, se te reintegrará el 100% del importe adicional de ese gasto.
  • Podrás recibir una, dos o ninguna, dependiendo de:

    • Si has realizado tránsitos en las carreteras previstas para cada programa.
    • Si cumples, cada mes, el resto de los requisitos previstos.

    Es decir, si has solicitado que se te calcule mensualmente el gasto que has tenido conforme a los dos programas, recibirás mensualmente 2 comunicaciones con el resultado de ese cálculo, una por cada uno de los programas.

    Si cumples los requisitos previstos y has circulado por los tramos de cada una en los importes mínimos que te hemos señalado, recibirás como subvención, la diferencia con lo que hayas pagado por los tránsitos de ese mes.

    Recuerda: cada programa de subvención se calcula de manera independiente:

    • El importe por los tránsitos realizados en las autopistas AP-8 (Bizkaia y Gipuzkoa), VSM, Túneles Artxanda y AP-1 (Araba) que tengan entrada o salida en Bizkaia.
    • El importe que corresponde a los tránsitos realizados en los tramos de la AP-68 de Bizkaia y Araba que tengan entrada o salida en Bizkaia.
  • Supongamos que vives en Bilbao y vas todos los días a estudiar a Donostia. Vamos a realizar el cálculo entendiendo que durante este mes has realizado un total de 40 tránsitos (20 de ida y otros 20 de vuelta). Con las tarifas de este año 2024, si cada tránsito cuesta 13,02 €, el importe total que pagarías sería de 520,08 euros.

    El tránsito Bilbao-Donostia discurre por dos Territorios Históricos: Bizkaia y Gipuzkoa, por lo que el coste del tránsito (13,02€) se divide en 5,54 € por el tramo de Bizkaia y 7,48 € por el tramo de Gipuzkoa.

    Por lo tanto, el importe total pagado de 520,08 euros se descompone en 221,60 euros por la parte de Bizkaia y 299,20 euros por la parte de Gipuzkoa.

    Con el programa de subvenciones de Bidesaria, recuperarás un total de 430,09 euros (184,76 euros por la parte de Bizkaia y 245,33 por la parte de Gipuzkoa), importe que te será abonado a mes vencido en el número de cuenta que tienes aceptada en la subvención.

  • En la web podrás consultar todos los detalles del resultado del mes por cada uno de los cálculos de subvención (recuerda que son independientes): en el apartado IMPORTES Y TRÁNSITOS SUBVENCIONADOS, tendrás el desglose de todos los tránsitos realizados, estación entrada y salida del tránsito, fecha y hora de la salida, tarifa completa del tránsito, tarifa correspondiente a cada uno de los tramos, y el cálculo de la subvención.

    Si lo deseas, podrás realizar una descarga Excel de los datos que se muestran en pantalla.

  • Sólo si así nos lo has indicado.

    Recuerda que al hacer la solicitud serás tú quien nos diga si quieres solicitar el programa 1 AP8+VMS+TA+AP1 o bien el programa 2 AP-68, o ambos.

    En cualquiera de los casos se realiza un cálculo por cada uno de los programas solicitados, y se realiza la notificación del resultado de cada uno de los cálculos de la subvención por separado, por lo que si tienes las dos subvenciones recibirás dos mails.

    Podrás cambiar tu decisión, eliminar o añadir el programa de subvenciones, cuando quieras simplemente clicando en la opción que te convenga más. Recuerda que la subvención comienza en el mes en el que lo solicites.

  • Tienes que comunicarlo inmediatamente y aportar, en su caso, la documentación que corresponda.

    Recuerda que cualquier modificación de datos surtirá efectos desde el primer día del mes en el que se reciba la correspondiente solicitud de modificación junto con la documentación completa y correcta al cambio producido.

  • Sí. Tienes que actualizar el dato en el apartado MIS SUBVENCIONES – Modificar Solicitud, y aportar la documentación bancaria acreditativa de titularidad del dispositivo OBE (viat) así como la cuenta vinculada.

    Podrás indicar el día (siempre del mes en curso) de comienzo de cálculo con ese dispositivo.

    Si no lo comunicas, los tránsitos abonados con ese nuevo OBE no estarán incluidos en el proceso de cálculo de la subvención.

    Recuerda que cualquier modificación de datos surtirá efectos desde el primer día del mes en el que se reciba la correspondiente solicitud de modificación junto con la documentación completa y correcta al cambio producido.

  • Sí. Tienes que comunicarlo inmediatamente y aportar, en su caso, la documentación que corresponda.

    Y no te olvides que la nueva cuenta bancaria, de la que debes ser titular, debe ser donde se realizan los cargos del OBE que tienes asociado en la subvención.

    Si no lo comunicas, aportando toda la documentación correspondiente, tu nueva cuenta no quedará asociada a la subvención.

    Recuerda que cualquier modificación de datos surtirá efectos desde el primer día del mes en el que se reciba la correspondiente solicitud de modificación junto con la documentación completa y correcta al cambio producido.

  • Sí. Tienes que actualizar en dato en el apartado MIS SUBVENCIONES – Modificar Solicitud, y aportar el permiso de circulación del vehículo que vayas a utilizar a partir de ese momento, ahí podrás indicar el día de comienzo de uso de la matricula.(siempre del mes en curso)

    Si no lo comunicas, los tránsitos realizados con ese nuevo vehículo no estarán incluidos en el proceso de cálculo de la subvención.

    Para un primer o segundo cambio de vehículo, podrás realizar la solicitud online a través de Bidesaria. Si precisas más cambios, tendrás que realizarlo de manera presencial en Interbiak o en cualquier dependencia de la Diputación Foral de Bizkaia.

    Recuerda que cualquier modificación de datos surtirá efectos desde el primer día del mes en el que se reciba la correspondiente solicitud de modificación junto con la documentación completa y correcta al cambio producido.

  • Sí. Tienes que comunicarlo inmediatamente y aportar el nuevo carnet de conducir (o en su caso adjuntar el carnet de conducir provisional).

    Recuerda que uno de los requisitos es tener el carnet de conducir en vigor y que cualquier modificación de datos surtirá efectos desde el primer día del mes en el que se reciba la correspondiente solicitud de modificación junto con la documentación completa y correcta al cambio producido.

  • Cada vez que realices una solicitud o modificación, tanto relacionada con Bidesaria, recibirás una comunicación en el correo electrónico (email) que indicado en tus datos.

    En ese buzón de correo electrónico te informaremos del estado de la solicitud y/o modificación

    Recuerda que cualquier modificación de datos surtirá efectos desde el primer día del mes en el que se reciba la correspondiente solicitud de modificación junto con la documentación completa y correcta al cambio producido.

    En cualquier caso, siempre podrás acceder al detalle de todos los procedimientos en curso accediendo a tus datos a través del aplicativo Bidesaria.

¿Necesitas más información sobre descuentos y subvenciones? Consulta en qué consiste aquí

Cómo puedo optar a los descuentos